Con frecuencia, nos preguntan sobre la obligación de llevar en el coche gafas de repuesto, NO es obligatorio llevar gafas de repuesto en el vehículo, pero, SÍ es muy recomendable, por lo que pueda ocurrir. Y, en el caso que la autoridad valore que conducir sin gafas o lentillas supone grave riesgo para la circulación puede sancionarnos con multas entre 90 y 300 euros.
Los elementos obligatorios que debemos llevar en el coche son: Obligatorios: Permiso de Circulación Tarjeta de Inspección Técnica ITV en vigor Pegatina de la ITV en lugar visible (si procede) Permiso de Conducir en vigor Chaleco reflector homologado Triángulo de averías homologado Muy recomendable: Seguro obligatorio en vigor Gafas de repuesto si las necesitas
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Suele ser frecuente las multas por tener el carnet caducado. Sucede que con los periodos de vigencia tan largos, nos olvidamos de cuando debemos renovar nuestro carnet de conducir.
Recordemos que podemos renovar el carnet hasta tres meses antes de su caducidad sin perder antigüedad. Y los periodos de vigencia para los permisos de conducir particulares (AM, A1,A2, A y B) son de 10 años hasta los 65 en que se reduce a 5 años. Para los profesionales , taxistas y conductores de autobuses la vigencia es de 5 años hasta los 65 años en que se reduce a 3 años. Si tenemos el carnet de conducir caducado: - La policía nos puede sancionar con 200 euros de multa. - No conlleva pérdida de puntos. - No podremos alquilar un coche. - El seguro no te cubrirá en caso de que ocurra algún accidente. Además, te enfrentarás a las consecuencias penales de conducir sin carnet. En CRC Sevilla Este te renovamos el carnet en el momento. Evita disgustos y multas. |
Lope Jesús JaimePsicólogo y Archivos
Diciembre 2015
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