Centro Reconocimiento de Conductores en Sevilla Este, certificados médicos y renovación de carnet de conducir
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Preguntas frecuentes

   Si necesita ampliar cualquier información respecto a su permiso o licencia llámenos al teléfono 954071247 o contacte con nosotros en  info@crcsevillaeste.com, le asesoramos gratuitamente en los trámites administrativos de su carnet.

RENOVACIÓN DEL CARNET DE CONDUCIR
  • ¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITO PARA RENOVAR MI CARNET?
DNI , pasaporte o tarjeta de residencia en vigor

  • ¿PUEDO APORTAR LA FOTOGRAFÍA QUE YO PREFIERA PARA QUE SEA ÉSA LA QUE VAYA EN MI NUEVO CARNET?
Para poder optar por la tramitación telemática y que usted no tenga que ir a Tráfico a renovar, según el protocolo informático al que alude el Art.12 del RD 170/2010, la fotografía debe tomarse con nuestra cámara integrada en el sistema de conexión a la aplicación de la DGT y ésa es la foto que va a ir en su carnet.
Si usted quiere que la fotografía que traiga sea la que vaya en su carnet tendría que optar por el trámite tradicional, personándose en Jefatura con nuestro Informe de Aptitud.

  • ¿HAY ALGÚN PLAZO DE PRÓRROGA PARA RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR DESPUÉS DE CADUCADO SIN QUE TE SANCIONEN? 
No. Pero está expuesto a sanción si se conduce, desde el día siguiente al de la fecha de caducidad.

  • ¿HAY ALGUNA MULTA O RECARGO EN LAS TASAS POR RENOVARLO DESPUÉS DE CADUCADO?
No, aunque no puede conducir con el carnet caducado.

  • ¿CON QUÉ TIEMPO DE CADUCIDAD SE PIERDE EL CARNET Y HAY QUE VOLVER A EXAMINARSE?
Actualmente ya no existe límite de caducidad para renovar el carnet de conducir. Ni nuevo examen.

  • ¿CON CUÁNTA ANTELACIÓN PUEDO RENOVAR EL CARNET?
Hasta tres meses antes, y se le respetará la misma fecha de caducidad en su nuevo Permiso, no la del día en que lo renueve. No pierde su antigüedad.

  • ¿QUÉ DOCUMENTACIÓN NECESITO, CUÁLES SON SUS HORARIOS Y PRECIOS?
Entre en nuestra página inicio, certificados y encontrará la documentación necesaria para cada uno. Así como  podrá ver nuestras tarifas, ofertas y horarios.

  • HE CAMBIADO DE DOMICILIO, ¿TENGO QUE LLEVAR UN CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO?
No, simplemente declararlo en la Solicitud que le presentemos a tal efecto y nosotros le actualizamos el domicilio.

  • ¿QUÉ ENFERMEDADES O DEFICIENCIAS IMPIDEN OBTENER O RENOVAR EL CARNET DE CONDUCIR?
La retirada definitiva y total de la conducción por causa de alguna enfermedad o deficiencia psicofísica es muy improbable. La Legislación entiende que la conducción es hoy en día un elemento de integración y adaptación social, por lo que se pretende es que los Centros de Reconocimiento puedan imponer restricciones o limitaciones en el uso del vehículo, o adaptaciones en el mismo, para situar al conductor ante el volante en las mejores condiciones posibles.
Si quiere consultar lo regulado al respecto está recogido en el Anexo IV del R.D. 818/2009 de 8 de Junio modificado por la Orden 2356/2010 de 3 de Septiembre.

  • ME HAN REALIZADO CIRUGÍA REFRACTIVA Y YA NO NECESITO USAR GAFAS PARA CONDUCIR ¿QUÉ TENGO QUE HACER PARA QUE SEA MODIFICADO EN EL CARNET?
Transcurrido un mes desde la intervención, puede acudir a nuestro Centro provisto de informe favorable para conducir de la Clínica Oftalmológica que incluya la fecha de la operación, agudeza visual previa y posterior y si existe alguna secuela.

  • TENGO TODAVÍA EN VIGOR EL PERMISO DE CONDUCIR ANTIGUO, EL DE CARTULINA ROSA, Y QUISIERA ME LO CANJEARAN POR EL MODELO NUEVO ¿PUEDO HACERLO?
Sí, puede canjearlo por el nuevo modelo.

  •  ME HAN DICHO QUE ES MEJOR NO DECLARAR ESTAR EN TRATAMIENTO O DECLARAR ALGUNA ENFERMEDAD QUE NO SE PUEDA DETECTAR EN EL RECONOCIMIENTO PARA ASÍ EVITAR PROBLEMAS ¿QUÉ PUEDE OCURRIR?
Muchas veces se piensa erróneamente que decir la verdad puede acarrear la pérdida del carnet por No Apto. Realmente esto es muy difícil que ocurra. La función principal otorgada a los Centros de Reconocimiento no es apartar directamente al ciudadano de la conducción. Esto es un derecho que se debe armonizar con los obligados criterios de seguridad y prevención de riesgos al volante. Lo más probable es que se pueden imponer algunas restricciones a su uso o se le pida, para completar el expediente, un informe externo de su médico de cabecera o especialista. Y, por el contrario, se corren riesgos importantes: La normativa actual de Tráfico (Arts. 18 y 41 del Reglamento Gral de Conductores) obliga a informar a Jefatura de cualquier circunstancia que pueda afectar a sus condiciones psicofísicas, por lo que, en caso de conocimiento, (autoridades sanitarias, por ejemplo), pueden sancionarle, además de obligarle a hacer nuevas pruebas aunque haya sido declarado Apto por el Centro de Reconocimiento. Y, finalmente, en caso de accidente, su compañía de seguros podría no hacerse cargo con los gastos que se ocasionen.

DUPLICADO POR PÉRDIDA O ROBO
  • ME HAN ROBADO
  • HE PERDIDO
  • SE ME HA DETERIORADO EL CARNET DE CONDUCIR ¿QUÉ TENGO QUE HACER?
En primer lugar, hay que confirmar que tiempo le falta para que caduque su carnet. Si le falta menos de tres meses, lo que procede es su renovación. Si le falta más de tres meses puede solicitar un duplicado acudiendo directamente a Tráfico.
En el caso de tener el nuevo modelo de carnet, el tipo-tarjeta, puede solicitar cita previa e ir a Tráfico con su carnet de identidad o pasaporte y solicitar en Ventanilla de Información el impreso para pedir un duplicado. Presentarlo en Caja y pagar las tasas. A continuación esperar su número en la ventanilla que le indiquen.
Si tiene el modelo antiguo, el de cartulina rosa, hay que añadir una fotografía.
La cita previa, los documentos necesarios y el pago de tasas puede realizarlo en la sede electrónica de la dgt.es

 CONDUCIR FUERA DE LA UE: Permiso Internacional
  • TENGO QUE RENOVAR/ HE RENOVADO EL CARNET DE CONDUCIR PERO NECESITO CONDUCIR POR EL EXTRANJERO ¿PUEDO HACERLO CON EL PROVISIONAL?
No puede conducir fuera de España con el provisional. Necesita un Permiso Internacional. Puede acudir a Tráfico con la Autorización Provisional expedida por el Centro de Reconocimiento..

  • ME MARCHO AL EXTRANJERO Y NECESITO CONDUCIR ¿QUÉ TENGO QUE HACER?
Si el país al que va a viajar no pertenece a la UE tiene que solicitar el Permiso Internacional, que es válido por un año. 

CENTRO DE RECONOCIMIENTO DE CONDUCTORES SEVILLA ESTE
AV. DE LAS CIENCIAS Nº 38 B, 1º, OFICINA 4. 41020 Sevilla
Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales. NICA: 40684
Ministerio del Interior, Nº Inscripción  DGT:  SE – 0179
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Nuestro horario:
Lunes a JUEVES:  de 9:30 a 14:00 h. Y de 17 a 20:30 h.
VIERNES: de 9:30 a 14:00 h.
Teléfono 954 071 247

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